Servicio Doméstico - Grupo 21

Personal doméstico
en regla, sin complicaciones.

Nos encargamos de toda la liquidación mensual del personal de servicio doméstico: aportes BPS, recibos de sueldo, aguinaldo, licencias y cumplimiento del convenio colectivo del Grupo 21.

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Qué incluye

Gestión completa del servicio doméstico

El sector doméstico tiene un régimen de aportes y convenio colectivo propio. Nos especializamos en cumplirlo correctamente para que el empleador no tenga sorpresas.

01
Alta en BPS como empleador doméstico
Registro como empleador ante BPS en el padrón de servicio doméstico. Alta del trabajador en el sistema con la categoría correcta (mensual, jornalero, tareas específicas). Tramitación el mismo día del inicio de la relación laboral.
02
Liquidación mensual y recibo de sueldo
Cálculo mensual del salario según el convenio colectivo del Grupo 21, aportes patronales y personales BPS, y retenciones IRPF cuando corresponda. Generación del recibo de sueldo firmado digitalmente.
03
Declaración y pago de aportes BPS
Presentación mensual de la declaración de nómina del servicio doméstico ante BPS. Cálculo de aportes patronales (7,5%) y personales (15% para los rubros correspondientes) según el régimen específico del sector.
04
Aguinaldo y salario vacacional
Cálculo y liquidación del aguinaldo en los plazos legales (antes del 30/6 y antes del 20/12). Cálculo del salario vacacional al inicio de la licencia. Base de cálculo según normativa del Grupo 21.
05
Licencia anual reglamentaria
Determinación de los días de licencia según la antigüedad del trabajador doméstico. El régimen es diferente al general: 20 días hábiles a partir del segundo año. Liquidación correcta de la licencia proporcional en caso de cese.
06
Liquidación de cese o despido
Liquidación final con todos los rubros: indemnización por despido, licencia proporcional, salario vacacional proporcional y aguinaldo proporcional. Baja en BPS dentro del plazo legal.
07
Cumplimiento del convenio Grupo 21
Seguimiento de los laudos salariales del Consejo de Salarios para el Grupo 21. Actualización automática de salarios en cada ajuste y verificación de categoría (cocinera, mucama, cuidadora, jardinero, etc.).

Lo que tenés que saber

El régimen doméstico, explicado

El servicio doméstico tiene reglas propias distintas a las del régimen general de empleo privado.

Aportes diferenciales
El porcentaje patronal y los rubros de aportación son distintos al sector privado general. BPS maneja el padrón doméstico por separado.
Alta obligatoria
Aun con pocas horas semanales, si la relación es habitual y remunerada, existe obligación de alta y aporte. No hay mínimo de horas exento.
Salario mínimo del sector
El Grupo 21 establece salarios mínimos propios, superiores al SMN general. Se actualizan por laudo del Consejo de Salarios.
Licencia diferente
A partir del segundo año de antigüedad: 20 días hábiles. El primer año: proporcional al tiempo trabajado. No rige el régimen de 20/25 días del sector privado.
Jornalero vs mensual
El empleador puede tener trabajadores domésticos bajo modalidad mensual (días fijos) o jornalero (días variables). Cada uno tiene liquidación diferente.
Sanciones por incumplimiento
BPS controla el cumplimiento mediante denuncias o inspecciones. El incumplimiento genera multas, recargos y pago retroactivo de aportes con intereses.

¿Tenés empleada doméstica y no sabés si estás en regla?

Contanos tu situación y te proponemos, sin compromiso, el mejor camino para resolverla.

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